Pagar la cuota de autónomos es una de las razones que hacen que muchos emprendedores no se decidan a comenzar su negocio. Y es comprensible, el pago a la seguridad social es una cuota elevada y fija que no depende del nivel de beneficios. Por eso, muchos freelance o emprendedores se plantean facturar sin ser autónomo.
En este artículo, te contamos si es posible vender online sin ser autónomo y si de verdad puede ser beneficioso para ti y tu ecommerce.
¡Comencemos!
Contenido
¿Qué es un autónomo?
Un autónomo es aquella persona física que realiza de forma habitual un trabajo para obtener una remuneración, sin un contrato de trabajo que lo vincule a trabajar por cuenta del empleador.
Habitualmente un autónomo suele darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero ¿ese trámite es realmente necesario? ¿Puedes vender por internet sin ser autónomo? ¿Puedes hacer dropshipping en España sin ser autónomo? La respuesta genérica sería NO, aunque hay algunos matices.
“No puedes vender en internet sin ser autónomo”
El Estatuto del Trabajo Autónomo establece que es trabajador autónomo “toda persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo”.
“Si haces dropshipping sin darte de alta como autónomo la seguridad social te podrá sancionar.”
A 31 de julio de 2021, la base de datos de la Seguridad social reflejaba más de tres millones de personas afiliadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Esa cifra incluye autónomos societarios, colaboradores, autónomos dependientes, socios de cooperativas, agrarios… En realidad, la cifra de autónomos individuales no llega a dos millones.
¿Se puede vender en internet sin ser autónomo?
Seguro que alguien te ha dicho que si tu facturación no supera los 3.000 euros no tendrás que darte de alta como autónomo: esto es una leyenda sin fundamento. Por supuesto, tiene su origen, pero eso no la convierte en verdadera. Las empresas (autónomos y sociedades) tienen que presentar de forma anual una declaración de operaciones con terceros que incluye ventas y compras que superen más de 3.000 euros. Es fácil pensar que si emites facturas por importe inferior no tendrás que darte de alta como autónomo. O que puedes vender por internet sin que hacienda se entere. Es absolutamente falso: facturar sin ser autónomo no es posible.
La Agencia Tributaria deja bien claro que los empresarios y profesionales están obligados a emitir factura y copia de esta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en desarrollo de su actividad y a conservar copia de la misma.
También deben expedir factura en los supuestos de pagos anticipados, excepto en las entregas intracomunitarias de bienes exentas.
¿Qué es una actividad habitual?
Como decíamos al principio uno de los requisitos para darte de alta como autónomo es realizar una actividad de forma “habitual”. Esa es la clave: ¿qué podemos considerar actividad habitual? En efecto, si tú impartes clases todos los días estaremos de acuerdo en que lo haces de forma habitual, aunque es posible que esa actividad no te reporte muchos ingresos. ¿Y si lo hicieras un mes al año y siempre el mismo mes? También en ese caso es una actividad habitual.
Vamos a pensar en un ejemplo: las rebajas de verano solo se hacen una vez al año, pero se hacen todos los años ¿son habituales? Yo diría que sí.
La jurisprudencia indica varios factores a tener en cuenta, una de ellas es que la actividad se ejerza a tiempo parcial, es decir, que también trabajes por cuenta ajena y tu actividad profesional sea esporádica. En ese caso, podrás optar facturar sin ser autónomo.
Pero esta opinión no es unánime entre la propia jurisprudencia ni, por supuesto, es tampoco compartida por la Administración, ya sea la Tesorería General de la Seguridad Social, ya sea la Inspección de Trabajo.
Otro aspecto a tener en cuenta es la apertura de un establecimiento al público.
En ese caso, no nos referimos solamente a una tienda física sino a una tienda online. Por supuesto, si compras al por mayor sin ser autónomo la seguridad social considerará que tienes que darte de alta.
Si abres una tienda online la seguridad social entiende que la tuya es una actividad habitual y, por tanto, tendrás que darte de alta como autónomo.
¿Tengo que darme de alta si facturo poco dinero?
Sobre esto también hay diversas opiniones. Hay que tener en cuenta que hay algunas sentencias generalmente a favor del autónomo. Estas sentencias dicen que si la actividad no genera ingresos superiores al SMI no sería necesario darse de alta. Ten en cuenta que el Salario Mínimo Interprofesional para 2021 estaba establecido en 950 euros mensuales y en 13.300 euros anuales.
Teniendo en cuenta estas sentencias podemos concluir que puedes optar por no darte de alta el seguridad social si cumples los dos requisitos: que tu actividad no sea habitual y que no factures más del salario mínimo. En este caso, sí podrías facturar sin ser autónomo.
Pero ten en cuenta que cuando inicias una actividad no sabes cuánto vas a facturar. Por supuesto, debes hacer un plan de negocio. Pero eso es sólo una previsión. Y estamos hablando de facturación, no de beneficios. Por tanto, si cumples los requisitos para acogerte a la tarifa plana, no lo dudes y date de alta como autónomo. Podrás acogerte a la tarifa plana de 60 euros al mes durante un año. Y, además, muchas comunidades autónomas te prorrogarán la ayuda un año más.
También podrás compatibilizar el paro con tu alta como autónomo y/o acogerte a ayudas y subvenciones. En todas ellas uno de los requisitos es estar de alta por lo que, si no lo haces, estás renunciando a esa posibilidad.
¿Tengo que darme de alta como autónomo si abro una tienda física?
Por supuesto que SÍ. La Sentencia del TS, Sala 3ª, de 3 de Mayo de 1999 se refiere a los titulares de establecimiento abiertos al público y señala que, salvo prueba en contrario, todos los titulares de establecimientos abiertos al público, son trabajadores por cuenta propia o autónomos, y por lo tanto, reúnen el requisito de habitualidad y deberán ser incluidos de forma obligatoria en el RETA. En este caso, facturar sin ser aútonomo no sería posible.
¿Tengo que darme de alta como autónomo si abro una tienda para vender online en España?
Si vas a abrir una tienda de dropshipping puedes pensar que tu facturación, al principio, como en todos los negocios, será escasa y que el pago de la cuota de autónomos te parezca algo inabarcable y ¿por qué no decirlo? innecesario. No lo es.
La cuota de autónomos se compone de varias partes: el 28,30% se destina a lo que llamamos “contingencias comunes”, es decir, las contingencias derivadas de accidente no laboral, enfermedad común y maternidad); el 1,1% se destina a contingencias profesionales (los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales); el 0,8% se destina al cese de actividad (el “paro de los autónomos”) y el 0,10% a formación profesional (con ese porcentaje se financian los cursos gratuitos a los que pueden acceder los trabajadores autónomos). Por tanto, si no pagas la cuota de autónomos no tendrás derecho a todas esas prestaciones.
Y no hay que olvidarse de las pensiones: uno de los principios que rigen es el de proporcionalidad contributiva, es decir, la cuantía de las prestaciones guarda relación directa con las cantidades aportadas al sistema público y al periodo de cotizaciones efectuadas. Cuanto menor es la cuota que pagues, menor será tu pensión en el futuro (no sólo la de jubilación, sino la que pudiera corresponderte por una incapacidad).
No obstante, técnicamente sí que podrías facturar sin ser autónomo.
¿Y qué opina la Seguridad Social?
La TGSS y la Inspección de Trabajo entienden que, la normativa exige obligatoriamente causar alta en el RETA si se ejerce una actividad económica lucrativa por cuenta propia; sin establecerse ningún límite mínimo de ingresos.
La Administración examina cada caso concreto valorando si la actividad se ejerce o no con habitualidad.
Si un autónomo no supera el SMI se puede entender que no existe obligación de alta en el RETA. Pero la Seguridad Social no suele estar de acuerdo con este planteamiento. Una inspección podrá darte de alta de oficio con efecto retroactivo por entender actividad habitual y sancionarte por no haberlo hecho en plazo. En ese caso, tendrás que pagar todas las cuotas con recargo. Te cobrarán entre un 10% y un 35% dependiendo del momento de pago.
Existen casos en los que, efectivamente, se aplican los indicios jurisprudenciales sobre la habitualidad, y también existen casos en los que la Administración exige el alta y la regularización de cuotas atrasadas y, además, impone la sanción oportuna, que se considera grave y que puede implicar una multa de hasta 6.250 euros.
La base mínima para 2023 es de 960,60 euros/mes, eso supone un pago de 294 euros al mes. Indudablemente si estás empezando con tu negocio, es un pago muy elevado. Aunque, en muchos casos, te podrás acoger a la “tarifa plana” y pagar sólo 60 euros el primer año.
Ten en cuenta que el pago de autónomos es una cantidad fija y no depende de tu facturación anual ni de tu nivel de beneficios.
Las estadísticas nos indican que el 80% de los autónomos paga por la base mínima. Indudablemente al principio, y en función de tu edad, no es conveniente pagar más, pero según vayas cumpliendo años y tu poder adquisitivo suba tal vez tengas que valorarlo. Además, ten en cuenta que podrás variar tu base de cotización según tus necesidades.
¿Cuántas veces puede cambiar un autónomo la base de cotización?
Los trabajadores autónomos pueden cambiar hasta cuatro veces al año la base de cotización, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo. Para ello tienen que solicitarlo a la Tesorería General de la Seguridad Social en los siguientes plazos y con los siguientes efectos:
- Efecto desde el 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
- Efecto desde el 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.
- Efecto desde el 1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
- Efecto desde el 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
¿Cómo me doy de alta en autónomos?
Si has decidido que facturar sin ser aútnomos no es lo tuyo, puedes darte de alta en autónomos tú mismo o puedes contratar los servicios de gestoría. Así aprovecharás el tiempo en lo que realmente te interesa y mejor sabes hacer: ganar dinero con tu tienda online. Y te aseguras de que todos los trámites estarán hechos de forma correcta.
En caso de que optes por darte de alta tú mismo, lo primero será darte de alta como autónomo en seguridad social. Lo deberás hacer antes del inicio de actividad. Y después tienes que dar de alta tu actividad en Hacienda. Para eso, deberás rellenar un modelo 037. No te asustes cuando lo veas. No es difícil. Pero ten en cuenta que debes leerlo con atención y cumplimentarlo de forma correcta. De ello depende si pagas más o menos impuestos y cuáles serán tus obligaciones fiscales.
Tal vez la parte más difícil es saber en qué apartado de la clasificación del Impuesto de Actividades Económicas debe encuadrarse tu actividad. Dependiendo del epígrafe que escojas y del tipo de actividad, tus obligaciones tributarias cambiarán.
La tabla de epígrafes de IAE se divide en actividades empresariales, profesionales o artísticas. Y aunque hay muchos es posible que ninguno de ellos refleje al 100% la actividad que vas a desarrollar. Puedes darte de alta en varios epígrafes. Si lo haces, fíjate en que todos conlleven las mismas obligaciones tributarias.
Deberás indicar dónde ejerces tu actividad, si tienes o no un local. En caso de que trabajes desde casa, tienes que decir cuántos metros ocupa tu actividad. Si vas a realizar operaciones de compra o venta de productos o servicios con otras empresas o autónomos europeos deberás indicarlo en el modelo 037.
Una vez que entregues el modelo 037 en la Agencia Tributaria, ya puedes facturar. A partir de ese momento comienzan también tus obligaciones con Hacienda: deberás entregar de forma trimestral una declaración de IVA (el modelo 303) y hacer un pago a cuenta sobre los beneficios obtenidos (el modelo 130). También tendrás que hacer el resumen anual de IVA (modelo 390). Y en algunos casos tendrás más obligaciones fiscales (operaciones intracomunitarias, intrastat, operaciones con terceros, etc).
No cabe duda de que tendrás que aprender cómo hacer la declaración de renta y de IVA o contratar a un asesor para que te ayude con todos los papeleos.
Conclusión
Valora si cumples las dos condiciones: habitualidad y no superar el Salario Mínimo Interprofesional. Si cumples las dos podrás no darte de alta como autónomo y ahorrarte la cuota de seguridad social. Pero si cumples lo requisitos para acogerte a la tarifa plana y no te das de alta tu ahorro habrá sido de 60 euros al mes. ¿Crees que merece la pena correr el riesgo de una sanción?